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Contrato de alquiler



Contrato de alquiler, de vivienda o local "finca".


contrato de alquilerUn contrato de alquiler es un documento por el cual el arrendador autoriza o cede el uso y disfrute a un arrendatario a utilizar un inmueble, previo pago de una cantidad pactada, ya sea en un único pago o de forma periódica. Igualmente se trata de un documento en el cual deben aparecer tanto las condiciones y clausulas a cumplir por ambas partes, como los derechos legales de cada uno. Importante que sepas que independientemente de lo que diga el contrato, prevalece lo que dicte la disposición legal del momento en materia de alquiler.

Si ya has encontrado la vivienda deseada o inquilino en el caso de que seas el propietario, y estas a la espera tan sólo de formalizarlo, comparto contigo un contrato de alquiler tipo, al que puedes quitarle o añadir clausulas. Añade o modifica las clausulas que necesites o pactes y pon los datos personales de inquilino y arrendador.




Contrato de arrendamiento 




En la ciudad de _______  a ____ de ____  del  20___


REUNIDOS

De una parte, D. _______Propietario/s______ con DNI: ______________ (añadir más si los hubiere) con domicilio en la C/_________________ nº_____ planta____ puerta___ CP: ______ en la ciudad de _________, en adelante el Arrendador.
Y  de la otra, D. ________Inquilino/s________ con DNI: _______________ (añadir más si los hubiere) y con domicilio en la C/_________________ nº_____ planta______ puerta_____ CP: ________ en la ciudad de _________, en adelante el Arrendatario.


INTERVIENEN

Cada uno en su propio nombre y derecho, y se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO  de vivienda (o local) a cuya finalidad hacen constar lo siguiente,


EXPONEN

 I.- D. _______ Arrendador/es _______, es propietaria de la vivienda sita en la ciudad de _______ en la C/_________________ nº_____ planta____ puerta___ CP: _____ (pudiendo añadir también la referencia catastral) y tiene como objetivo alquilar esta vivienda.
 II.- D. ________ Arrendatario/s________ con DNI: _______________  que están interesados en alquilar la mencionada vivienda, para lo cual, los presentes acuerdan formalizar el contrato que se articula en las siguientes,


CLAUSULAS

 PRIMERA.- El presente contrato se otorga conforme a lo establecido en lo dispuesto en el Código Civil, en sus arts. 1542 y en la Ley 29/1.994 de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos,  en su modificación por la Ley 4/2013, de 4 de Junio y se regirá por lo dispuesto en la misma, y por lo pactado en este documento.

 SEGUNDA.- El piso arrendado se destinará para uso exclusivo de vivienda (si se trata de un local, especificar cuál será su uso y si va a ser una vivienda en la que se va a montar un negocio, especificar también) de las arrendatarias y de su familia, con exclusión de todo otro uso, y no podrá por consiguiente, cederlo, realquilarlo o subarrendarlo, en todo ni en parte, ni alojar en él a huéspedes sin permiso escrito del Arrendador.

TERCERA.- El contrato comenzará a regir a partir del día  ____ de_______ del 20___, concertándose un período inicial de arrendamiento por un plazo de  ____ MESES, pudiéndose prorrogar en periodos idénticos de tiempo hasta tres años en el caso de que ambas partes estén conforme. En caso contrario tendrá que notificado a la otra pate, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas su voluntad de no renovarlo.
 El período de tiempo mínimo de arrendamiento se establece en seis meses. En caso de desistimiento del contrato por parte del arrendatario antes de que se hubiera cumplido un año, deberá este indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferior a un año, darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.

 CUARTA.- La renta inicial se establece en la cantidad de  XXX €uros mensuales,  debiendo de satisfacerse por el Arrendatario dentro de los cinco primeros días de cada mes y no considerándose forma de pago la fianza. El importe de la renta deberá pagarse mediante ingreso o cargo en la cuenta corriente del Banco o entidad financiera ___________________ _________________________ (método recomendable para el pago de la renta).
Serán por cuenta exclusiva del Arrendatario los costes, gastos, y comisiones bancarias producidas como consecuencia, si fuere el caso, del impago/(s) de la(s) correspondiente/(s) mensualidad /(es), así como el interés de demora equivalente en cada momento al legalmente establecido.
Las partes contratantes convienen que la renta total que en cada momento satisfaga el Arrendatario, se incrementará cada año en la fecha que se cumpla cada año de vigencia del contrato y en caso de prórroga por tácita reconducción y al término de cada una de ellas mediante la aplicación íntegra del Índice Nacional General de Precios al Consumo fijado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya. La revisión se efectuará por años naturales, repercutiendo en el recibo emitido al mes siguiente de la publicación del IPC los atrasos habidos desde el mes de Enero del año en curso, o, en su caso desde el mes de la firma del contrato.
El Arrendador deberá comunicar al Arrendatario la actualización de la renta anual conforme al I.P.C. acompañando Certificación del Instituto Nacional de estadística acreditativa de la variación en dicho índice.
La falta de  cumplimiento en el Pago de la Renta mensual dará lugar a la pérdida de la fianza y resolución del presente contrato.

QUINTA.- El Arrendatario, quién previamente han procedido al examen exhaustivo y pormenorizado de la vivienda y sus accesorios, declara recibir todo lo que es objeto del arriendo en perfecto estado para el uso a que se destina y presto para ser ocupado y utilizado, al completo de instalaciones y servicios y en igual estado ha de devolverlo una vez finalizado el contrato, siendo de cuenta del arrendatario todas las reparaciones que hayan de realizarse por daños causados por el, o personas que de él dependan, en el edificio o vivienda por el mal uso, omisión o negligencia.
Serán de cuenta exclusiva del Arrendatario, la totalidad del importe de los recibos del suministro de electricidad, agua, gas, y teléfono aunque los mismos pudieran venir a nombre del Arrendador (lo ideal sería pedir a la compañía los recibos por duplicado, es decir que se los envíe a la dirección del inquilino y a la del arrendador. Este es un método para saber si el inquilino paga las facturas. Si por el contrario decides cambiar la titularidad del contrato de suministro a la del inquilino, has de saber que te expones a que si el inquilino no paga los recibos, la compañía suministradora puede cortar el contrato hasta el embolso de la cantidad reclamada. Quedando la finca sin contador y sin suministro de mientras. Cuando quieras retomar el servicio, la compañía puede exigirte el pago de los recibos atrasados más el coste de alta nueva, o la adaptación de las instalaciones a la nueva normativa, lo que supondrá un gasto considerable aunque el contador no esté a nombre del arrendador).

En caso de que el Arrendatario diera de baja alguno de los suministros de agua o electricidad (Si la titularidad de los suministros es cambiada), una vez finalizado el contrato, se penalizará con 400 €uros.
Dichos recibos de electricidad, domiciliados en la cuenta bancaria de la Propiedad, se abonarán por el Arrendatario a su presentación, realizando ingreso en el mismo número de cuenta facilitado (también puedes hacerlo en el número de cuenta del inquilino. Si bien es cierto que se trata de otra forma de asegurarse que los recibos a nombre del arrendador, se están pagando).

SEXTA.- Los gastos de comunidad (en la que puede estar incluido el consumo de agua), serán por cuenta del Arrendador (pudiendo negociar que sea el inquilino quien asuma este gasto).
El pago del Impuesto de Bienes Inmuebles se halla incluido en la renta reflejada en el pacto quinto. No obstante los aumentos que se produzcan en dicho impuesto o en el/los impuestos que lo sustituyan, y a los aumentos que se produzcan en cualquier otro impuesto, arbitrio o tasa del Estado, Comunidad Autónoma, Provincia o municipio sobre o que grave la finca serán repercutidos al Arrendatario en la proporción que se aumenten.
 El Arrendatario deberá respetar y cumplir en todo momento las normas por las que se rige la comunidad de propietarios de la que forma parte la finca arrendada.
El Arrendatario se compromete a comunicar a la Arrendador, en el plazo de veinticuatro horas, cualquier incidencia o desperfecto hallado en el interior de la vivienda.
 El Arrendatario está obligado a permitir el acceso al piso, al Arrendador y a las personas y/o profesionales designados por el mismo para la inspección y comprobación del estado de la vivienda y sus elementos así como en su caso para la realización de cualquier tipo de obra o reparación que pudiera ser necesario llevar a cabo tanto en la vivienda arrendada como del edificio del que forma parte, con previo aviso de ____días.
El Arrendador está obligado a la reparación y/o sustitución de los servicios comunes que dejaren de funcionar. Como a tener la vivienda en perfectas condiciones de habitabilidad.

 SÉPTIMA.- Salvo que concurra la autorización previa y por escrito del Arrendador, queda prohibida la realización de obras y la modificación de las instalaciones ; tener en el piso materiales peligrosos y/o antihigiénicos o que puedan perturbar la normal convivencia entre los vecinos de la finca ; subarriendo o cesión de la vivienda ; colocación de cualesquiera elementos que modifiquen la uniformidad o estético del edificio, o de las diversas partes que lo componen ; y el de dar a la vivienda cualquier otro uso que no sea el de satisfacer la necesidad permanente de vivienda de la arrendataria.
En caso de realización de obras autorizadas, serán de cargo y cuenta del Arrendatario y quedarán en beneficio de la finca, sin derecho a indemnización o reclamación en momento alguno. El permiso municipal será también de cuenta y cargo del Arrendatario, así como la dirección técnica o facultativa en su caso, obligándose a reponer los daños causados y a reponer a su costa el estado original de la vivienda.

OCTAVA.- El Arrendatario entrega en este acto de conformidad con el artículo 36 de la L.A.U. una  mensualidad de la renta en concepto de FIANZA por importe de XXX €uros que equivale a una mensualidad de renta, que responderá perjuicios por incumplimiento de las obligaciones contractuales, de la penalización del pacto tercero y/o del total importe de los daños ocasionados en el inmueble hasta donde alcance. La fianza se devolverá al Arrendatario previa comprobación del estado de la vivienda al finalizar el contrato y en ningún caso podrá aplicarse por el Arrendatario a mensualidades de renta no abonadas cuya obligación de pago el mismo ha asumido. Durante el primer año de duración del contrato, la fianza no estará sujeta a actualización, pero transcurrido dicho plazo la fianza se actualizará en la cuantía que corresponda hasta que aquella sea igual a una mensualidad de la renta vigente en cada momento, y a la entrega de otros XXX €uros equivalentes al mes en curso de _______, sirviendo el presente documento como la más eficaz carta de pago.

NOVENA.- El Arrendatario será el único responsable de cuantos daños, tanto físicos como materiales puedan ocasionarse a terceros, y sean consecuencia, directa o indirecta de su habitación en la finca, eximiendo de toda responsabilidad al Arrendador, y está obligado a sufragar las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda, así como el deterioro de cuya reparación se trate, sea imputable al Arrendatario.

DÉCIMA.- Las partes convienen que de producirse el fallecimiento del Arrendatario una vez transcurridos dos años más tres años de prórroga, no será de aplicación el régimen de subrogación mortis, causa que regula el Art. 16 de la Ley 29/1.994 de Arrendamientos Urbanos.
De producirse dicha defunción en el plazo citado, el Arrendatario se extinguirá al cumplirse dicho plazo sea quien fuere el que hubiera sucedido a las arrendatarias en el arrendamiento.

DECIMOPRIMERA.-  Unido al presente contrato, se establece y firman las partes el inventario de los muebles y enseres que se arriendan con la vivienda y que forman con la misma, una unidad indivisible a los efectos de arrendamiento; de tal manera que la resolución del contrato de vivienda lleva aparejada la de los muebles,  enseres y viceversa.
Se adjuntan fotografías de la vivienda a los efectos de dejar constancia del estado del inmueble en el momento del arriendo, como Anexo al presente contrato.
DECIMOSEGUNDO.- El Arrendatario hace expresa renuncia (o no) a los derechos de tanteo y retracto recogidos en el artículo 25 de la LAU. A estos efectos, el Arrendador deberá comunicar al Arrendatario su intención de vender la vivienda con una antelación mínima de treinta días a la fecha de formalización del contrato de compraventa.

DECIMOTERCERA.- Serán causas de terminación del presente contrato de arrendamiento de vivienda:

-          El incumplimiento por ambas partes de las obligaciones que se asumen en este contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil.
-          Por la necesidad del Arrendador de ocupar la vivienda arrendada a partir del primer año de celebración del contrato, para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial (art. 9.3 Ley arrendamientos Urbanos). Dicha comunicación deberá hacerse con al menos dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el Arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.

DECIMOCUARTA.- Las partes se someten por imperativo de la  Ley a los Juzgados y Tribunales de _____________, lugar donde radica la finca.
A los efectos del Art. 14 de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos y a cuantos otros pudieran resultar pertinentes, las partes convienen que la enajenación de la vivienda extinguirá el arrendamiento.





FDO:






 EL ARRENDADOR                                                                    EL ARRENDATARIO







alquiler economico


ANEXOS AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO


DOCUMENTACIÓN

-          Documento identificativo del Arrendatario y del Arrendador.
-          Certificado de eficiencia energética.
-          Justificantes acreditativos de la solvencia del Arrendatario.
-          Documento que acredite que la vivienda pertenece al arrendador o que este tiene poder para alquilarla, como de si existe alguna carga (nota simple y DNI del arrendador, poder notarial en el caso de poderes sobre un tercero).
-          Cédula de habitabilidad (sobre todo en caso de vivienda de nueva construcción).


 MOBILIARIO


ESTANCIA DORMITORIO 1:
-          Armario empotrado con puertas de espejo y altillos.
-          Cama completa de 90cm
-          Mesita de noche
-          Mesa escritorio y silla
-          Lámparas, cortinas y cuadros decorativos.
-          Estanterías de pared

ESTANCIA DORMITORIO 2:
-          Armario
-          Cama completa de 90cm
-          Mesita de noche
-          Mesa escritorio y silla
-          Lámparas, cortinas y cuadros decorativos.
-          Estanterías de pared


ESTANCIA DORMITORIO 3:
-          Armario
-          Cama completa de 90cm
-          Mesita de noche
-          Mesa escritorio y silla
-          Lámparas, cortinas y cuadros decorativos.
-          Estanterías de pared
-          Aparato de Aire Acondicionado

BAÑO:
-          Placa de ducha con mampara
-          Mueble blanco de tres puertas
-          Lavabo
-          Inodoro
-          Espejo con focos
-          Utensilios de baño.

SALON COMEDOR:
-          Sofá con funda y cojines
-          2 Sillones con fundas y cojines
-          Mesa central con ropa de camilla y cristal
-          Mueble y televisión
-          Mesa auxiliar con lámpara
-          Silla
-          Lámpara de techo
-          Cuadros y cortinas
-          Aparato de Aire Acondicionado
COCINA:
-          Muebles de cocina con encimera
-          Frigorífico de 2 puertas con congelador
-          Cortinas
-          Termo de Gas Butano
-          Congelador
-          Lavadora
-          Tostadora
-          Hornilla con Campana
-          Microondas
-          Sandwichera
-          Menaje de cocina “varios”

TERRAZA:
-          Estanterías metálicas
-          2 Escaleras
-          Bombona de repuesto
-          Utensilios para la limpieza

Completar el  anexo con frogarías que demuestren el estado de la vivienda.




En_________ a  ____de ______  del 20___


contrato de alquiler de 
FDO:






EL ARRENDADOR                                                                           EL ARRENDATARIO






Como dije antes, este es un contrato tipo al cual puedes añadirle o quitarle clausulas. Ten en cuenta que las condiciones que pactes en el contrato de alquiler no podrán ser contrarias a las que dicte la ley, y si fuera así la ley prevalecería a lo pactado en el contrato de alquiler.






Alquiler barato


Alertas por estafas de alquiler 


Se alquila piso de 3 dormitorios, cocina, salón, con aire acondicionado, 95 metros cuadrados, céntrico, con ascensor, garaje y terraza. 450 euros al mes. 

¿Te parece raro? Sospecha y ten mucho cuidado.


alquileresSe detecta el incremento de estafadores que utilizan internet para ofertar pisos en alquileres con un gancho muy económico. Suelen utilizar múltiples reclamos, como alquileres perfectos, económicos, pisos grandes, no muy viejos y en buen estado de conservación, etc. Las víctimas son captadas por anuncios que aparecen en portales de anuncios e inmobiliarios de internet acompañados de sus fotografías. Estos  portales a su vez se eximen de toda responsabilidad, ya que no se hacen responsables de las transacciones que se realicen  entre los anunciantes. En realidad, sólo utilizan los portales para llegar a sus víctimas, una vez contactados utilizan otros medios para cometer la estafa. Estos estafadores ponen el anuncio de alquiler completo, con todo tipo de detalles, desde muchas y buenas fotografías, hasta la ubicación, como si estuviera realmente en alquiler. Suelen anunciar viviendas de ensueño, con buenas calidades e incluso algunas con muebles de diseño. Llegan a verse ofertas tan interesantes como que en el precio del  alquiler incluye los gastos de comunidad, luz y agua. En algunos casos están tan organizados que saben que la vivienda se encuentra vacía o está realmente en alquiler, pero en otras condiciones por su legítimo propietario. Normalmente estos anuncios de alquiler están por un corto periodo de tiempo en la red, o los van cambiando de portales. Esta práctica la hacen en diferentes puntos de la geografía española, utilizando como preferencia las grandes urbes.

Suele tratarse de ofertas muy atractivas, pero lo que tienen detrás es una red de estafadores que pueden actuar desde cualquier parte del mundo. Todos parecen tener un punto en común, y es la prisa por alquilarlo y no poder mostrarte la vivienda. Suelen utilizar varios argumentos, como que han tenido que salir del país por motivos de traslado laboral, que la vivienda es heredada y la tienen vacía pero no están en la ciudad y no pueden desplazarse o que lo compraron para invertir y lo mismo, que están fuera. Siendo más común que utilicen el argumento de que están en el extranjero y por ello no pueden enseñarte la vivienda ni entregarte las llaves en mano. Las llaves te las enviarán por correo urgente,  previo pago de la fianza y el primer mes, o una señal, pero ojo que no son los únicos reclamos que utilizan estos chorizos.

llaves del alquilerSi insistes en ver la vivienda, te suelen decir que es idéntica a la que aparece en el reportaje fotográfico, que por eso se lo hicieron, por lo que es innecesario desplazarse al país sólo para enseñártela y tener que afrontar el gasto que ello supone...
Estos estafadores suelen utilizar como único medio de contacto con sus víctimas una dirección email, nunca un teléfono. Hacen todo lo posible por ganarse tu confianza, pueden llegar a ofrecerte grandes descuentos si el alquiler se hace por largas temporadas, con la intención engancharte aún más. No sólo se pueden llegar a inventarse una historia o su vida para tomarte el pelo, también pueden permitirse el lujo de adornarla con todo tipo de detalles como decirte que quieren a alguien que cuide e su casa como lo harían ellos mismos. Alegan que les hace mucha falta el dinero y les urge, he ahí el motivo del precio bajo. Pueden llegar a contarte incluso sus vidas con tal de que confíes en ellos. Para la entrega de las llaves te suelen decir que te las enviarán por correo o por mensajero una vez tenga cerrado el alquiler con el pago del primer mes y el de fianza, pero una vez realizado el pago desaparecen. Los pagos se suelen hacer a un número de cuenta que los estafadores abren a través de internet desde servidores extranjeros para evitar ser identificados. En algunos casos se han detectado estafas en las que se les ha enviado el pago mediante mensajería o empresas dedicadas al envío de dinero.
Si el supuesto alquiler llega a realizarse, encuentras casos de todo tipo, desde los que no vuelven a saber nada más del estafador,  los que reciben una llave que no abre ninguna puerta o los que en la esperada visita a su nuevo hogar, encuentran en la puerta a otros estafados.

estafa de alquilerHe podido encontrar pocos casos en los que se produzcan detenciones, lo que imposibilita que en la mayoría de los casos que se les devuelva el dinero a las víctimas. Pero sí he encontrado al menos uno aquí: http://www.europapress.es/castilla-lamancha/noticia-imputada-persona-estafas-alquileres-apartamentos-12-provincias-ellas-ciudad-real-20130607091914.html
La Guardia Civil ha imputado a una persona por veinte delitos de estafa, a través de internet, cometidos en distintas localidades del territorio nacional, en los que se apoderaba del pago de la fianza para el alquiler de los apartamentos no llegando a ejecutarse nunca el alquiler.
Con la imputación de esta persona, se han esclarecido 20 hechos delictivos por estafas denunciadas en las provincias de Ciudad Real (2), Madrid (5), Málaga (1), Tarragona (1), Huesca (1), Valencia (1), Jaén (1), Cádiz (4), Zaragoza (1), Sevilla (1), Orense (1) y Asturias (1), según ha informado la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha en nota de prensa...

Por lo general se trata de una red de estafadores bien organizados, lo que dificulta bastante su detención, ya que cuentan con los medios para borrar sus rastros.


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Cómo asegurarte de que estas alquilando una vivienda a su verdadero propietario:




Piso en alquiler económico


Nuevo boom de negocio, inversión para alquiler


alquilerLos medianos ahorradores e inversores, se lanzan a la compra de inmuebles en la zona. Casi el 90% de las compras de determinadas zonas se realizan por este tipo de comprador. Quedando el mapa geográfico de determinadas zonas en nuestras ciudades con viviendas de uso únicamente de alquiler, lo que provoca por la inmensa oferta de inmuebles un aumento de alquileres económicos. Quedando estos casi como únicos compradores de este tipo de viviendas, ya que los compradores de uso residencial prefieren acceder a viviendas de más calidad.

Suelen ser en su mayoría, pisos económicos de dos, tres o cuatro dormitorios, con rentas bajas, hablamos de 400, 450, y hasta los 800 euros. Son viviendas que pese a ser un alquiler económico, pueden llegar a rentar hasta el 10% en algunos casos, y entre el 6% y 8%  de media. Se trata de rentabilidades brutas ya que a estas hay que descontarles el mantenimiento de la vivienda y el IRPF.

alquiler economicoEsto es debido a la escasa rentabilidad del dinero en los depósitos bancarios, con unos tipos de interés muy próximos al cero, y sumado a la incertidumbre política, crisis en los mercados, deuda pública, y la mentalidad de compra de propiedades española, está consiguiendo sacar de la penumbra determinados barrios por su cercanía a universidades, sobre todo. Es un método considerado por los inversores, ahorradores y prejubilados, de conseguir su plan de pensiones. Nosotros como expertos inmobiliarios y conscientes del aumento de demanda de este tipo de comprador, podemos señalar que tres de cada cuatro viviendas vendidas en estas zonas, son por inversores y una de cada cuatro en general. Quedando estas zonas en los primeros puestos de número de ventas de las ciudades, lo que ha conseguido parar el descenso de los precios y que los mismos se mantengan estables en estas zonas frente a otras en las que el precio sigue cayendo en picado.

Este es un hecho que ha ocurrido siempre, no se trata de nada nuevo. Lo que llama la atención es el incremento, ya que se está viendo a gente que antes sólo hubiera llevado sus fondos a depósitos bancarios. Son inversores que por lo general tienen un dinero en el banco que no les está dejando nada.

Se trata de personas conocedoras de las zonas, de personas que conocen muy bien el mercado y sus posibilidades y saben aprovechar las oportunidades de negocios, en muchos casos llegando a comprar un 60% por debajo del precio de antes de la crisis.

Por regla general se trata de viviendas pequeñas, de setenta metros de media y de dos a cuatro dormitorios, sin ascensor y sin necesidad de grandes inversiones para ponerlo en alquiler rápidamente.

alquiler baratoEstas personas viven de las rentas obtenidas del alquiler, haciendo de este su medio de vida y  trabajando en las necesidades de su negocio: en la rotación de inquilinos (de 10 meses en el caso de estudiantes) y mantenimiento de las viviendas y su mobiliario. Este es un negocio que se mantiene gracias al aumento de la demanda del alquiler.


Por otro lado, la caída de los precios y la bajada de los tipos de interés, hace que sea más rentable comprar que alquilar una vivienda. El problema es que los bancos han dejado de dar crédito a personas con contratos temporales y no financian más del 80% de del valor de la vivienda, lo que viene a decir que sumado a los gastos, es necesario que el comprador aporte del 25% al 35%.



Espero te haya servido.