Contrato de alquiler, de vivienda o local "finca".
Un contrato de alquiler es un documento por el cual el arrendador autoriza o cede el uso y disfrute a un arrendatario a utilizar un
inmueble, previo pago de una cantidad pactada, ya sea en un único pago o de
forma periódica. Igualmente se trata de un documento en el cual deben aparecer tanto las condiciones y clausulas a cumplir por ambas
partes, como los derechos legales de cada uno. Importante que sepas que
independientemente de lo que diga el contrato, prevalece lo que dicte la
disposición legal del momento en materia de alquiler.
Si ya has encontrado la vivienda deseada o inquilino en el
caso de que seas el propietario, y estas a la espera tan sólo de formalizarlo,
comparto contigo un contrato de alquiler tipo, al que puedes quitarle o añadir
clausulas. Añade o modifica las clausulas que necesites o pactes y pon los datos
personales de inquilino y arrendador.
Contrato de arrendamiento
En la ciudad de _______
a ____ de ____ del 20___
REUNIDOS
De una parte, D. _______Propietario/s______ con DNI: ______________ (añadir más si los hubiere) con domicilio
en la C/_________________ nº_____ planta____ puerta___ CP: ______ en la ciudad
de _________, en adelante el Arrendador.
Y
de la otra, D. ________Inquilino/s________
con DNI: _______________ (añadir más
si los hubiere) y con domicilio
en la C/_________________ nº_____
planta______ puerta_____ CP: ________ en la ciudad de _________, en adelante el
Arrendatario.
INTERVIENEN
Cada uno en su propio nombre y
derecho, y se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para el
otorgamiento del presente CONTRATO DE
ARRENDAMIENTO de vivienda (o
local) a cuya finalidad hacen constar lo siguiente,
EXPONEN
I.- D. _______
Arrendador/es _______, es propietaria de la vivienda sita en la ciudad de
_______ en la C/_________________ nº_____ planta____ puerta___ CP: _____ (pudiendo añadir también la referencia
catastral) y tiene como objetivo alquilar esta vivienda.
II.- D.
________ Arrendatario/s________ con DNI: _______________ que están interesados en alquilar la
mencionada vivienda,
para lo cual, los presentes acuerdan formalizar el contrato que se articula en
las siguientes,
CLAUSULAS
PRIMERA.- El presente contrato se
otorga conforme a lo establecido en lo dispuesto en el Código Civil, en sus
arts. 1542 y en la Ley 29/1.994 de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en su modificación por la Ley 4/2013, de 4 de Junio y se
regirá por lo dispuesto en la misma, y por lo pactado en este documento.
SEGUNDA.-
El piso arrendado se destinará para uso exclusivo de vivienda (si se trata de un local, especificar cuál
será su uso y si va a ser una vivienda en la que se va a montar un negocio,
especificar también) de las arrendatarias y de su familia, con exclusión de
todo otro uso, y no podrá por consiguiente, cederlo, realquilarlo o
subarrendarlo, en todo ni en parte, ni alojar en él a huéspedes sin permiso
escrito del Arrendador.
TERCERA.- El contrato comenzará a regir a partir del
día ____
de_______ del 20___, concertándose un período inicial de arrendamiento por
un plazo de ____ MESES, pudiéndose prorrogar en periodos idénticos de tiempo
hasta tres años en el caso de que ambas partes estén conforme. En caso
contrario tendrá que notificado a la otra pate, con treinta días de antelación
como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las
prórrogas su voluntad de no renovarlo.
El período de tiempo mínimo de arrendamiento
se establece en seis meses. En caso de desistimiento del contrato por parte del
arrendatario antes de que se hubiera cumplido un año, deberá este indemnizar al
arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor
por cada año del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo
inferior a un año, darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
CUARTA.- La renta
inicial se establece en la cantidad de XXX €uros mensuales, debiendo de satisfacerse por el Arrendatario dentro de los cinco
primeros días de cada mes y no considerándose forma de pago la fianza. El
importe de la renta deberá pagarse mediante ingreso o cargo en la cuenta
corriente del Banco o entidad financiera ___________________ _________________________
(método recomendable para el pago de la
renta).
Serán por cuenta exclusiva del Arrendatario los costes, gastos, y
comisiones bancarias producidas como consecuencia, si fuere el caso, del
impago/(s) de la(s) correspondiente/(s) mensualidad /(es), así como el interés
de demora equivalente en cada momento al legalmente establecido.
Las partes contratantes convienen
que la renta total que en cada momento satisfaga el Arrendatario, se incrementará cada año en la fecha que se cumpla
cada año de vigencia del contrato y en caso de prórroga por tácita reconducción
y al término de cada una de ellas mediante la aplicación íntegra del Índice
Nacional General de Precios al Consumo fijado por el Instituto Nacional de
Estadística u organismo que lo sustituya. La revisión se efectuará por años
naturales, repercutiendo en el recibo emitido al mes siguiente de la
publicación del IPC los atrasos habidos desde el mes de Enero del año en curso,
o, en su caso desde el mes de la firma del contrato.
El Arrendador deberá comunicar al Arrendatario
la actualización de la renta anual conforme al I.P.C. acompañando Certificación
del Instituto Nacional de estadística acreditativa de la variación en dicho
índice.
La falta de cumplimiento en el Pago de la Renta mensual
dará lugar a la pérdida de la fianza y resolución del presente contrato.
QUINTA.- El Arrendatario,
quién previamente han procedido al examen exhaustivo y pormenorizado de la
vivienda y sus accesorios, declara recibir todo lo que es objeto del arriendo
en perfecto estado para el uso a que se destina y presto para ser ocupado y
utilizado, al completo de instalaciones y servicios y en igual estado ha de
devolverlo una vez finalizado el contrato, siendo de cuenta del arrendatario
todas las reparaciones que hayan de realizarse por daños causados por el, o
personas que de él dependan, en el edificio o vivienda por el mal uso, omisión
o negligencia.
Serán de cuenta exclusiva del Arrendatario, la totalidad del importe de los recibos del
suministro de electricidad, agua, gas, y teléfono aunque los mismos pudieran
venir a nombre del Arrendador (lo ideal sería pedir a la compañía los
recibos por duplicado, es decir que se los envíe a la dirección del inquilino y
a la del arrendador. Este es un método para saber si el inquilino paga las
facturas. Si por el contrario decides cambiar la titularidad del contrato de
suministro a la del inquilino, has de saber que te expones a que si el
inquilino no paga los recibos, la compañía suministradora puede cortar el
contrato hasta el embolso de la cantidad reclamada. Quedando la finca sin
contador y sin suministro de mientras. Cuando quieras retomar el servicio, la
compañía puede exigirte el pago de los recibos atrasados más el coste de alta
nueva, o la adaptación de las instalaciones a la nueva normativa, lo que
supondrá un gasto considerable aunque el contador no esté a nombre del
arrendador).
En caso de que el Arrendatario diera de baja alguno de
los suministros de agua o electricidad (Si
la titularidad de los suministros es cambiada), una vez finalizado el contrato,
se penalizará con 400 €uros.
Dichos recibos de electricidad,
domiciliados en la cuenta bancaria de la Propiedad, se abonarán por el Arrendatario a su presentación,
realizando ingreso en el mismo número de cuenta facilitado (también puedes hacerlo en el número de
cuenta del inquilino. Si bien es cierto que se trata de otra forma de
asegurarse que los recibos a nombre del arrendador, se están pagando).
SEXTA.- Los gastos de comunidad (en la que puede estar incluido el consumo de agua), serán por
cuenta del Arrendador (pudiendo negociar que sea el inquilino quien
asuma este gasto).
El pago del Impuesto de Bienes
Inmuebles se halla incluido en la renta reflejada en el pacto quinto. No
obstante los aumentos que se produzcan en dicho impuesto o en el/los impuestos
que lo sustituyan, y a los aumentos que se produzcan en cualquier otro
impuesto, arbitrio o tasa del Estado, Comunidad Autónoma, Provincia o municipio
sobre o que grave la finca serán repercutidos al Arrendatario en la proporción que se aumenten.
El Arrendatario
deberá respetar y cumplir en todo momento las normas por las que se rige la
comunidad de propietarios de la que forma parte la finca arrendada.
El Arrendatario se compromete a comunicar a la Arrendador, en el plazo de veinticuatro horas, cualquier incidencia
o desperfecto hallado en el interior de la vivienda.
El Arrendatario
está obligado a permitir el acceso al piso, al Arrendador y a las personas y/o profesionales designados por el
mismo para la inspección y comprobación del estado de la vivienda y sus
elementos así como en su caso para la realización de cualquier tipo de obra o
reparación que pudiera ser necesario llevar a cabo tanto en la vivienda
arrendada como del edificio del que forma parte, con previo aviso de ____días.
El Arrendador está obligado a la reparación y/o sustitución de los
servicios comunes que dejaren de funcionar. Como a tener la vivienda en perfectas
condiciones de habitabilidad.
SÉPTIMA.- Salvo que
concurra la autorización previa y por escrito del Arrendador, queda prohibida la realización de obras y la
modificación de las instalaciones ; tener en el piso materiales peligrosos y/o
antihigiénicos o que puedan perturbar la normal convivencia entre los vecinos
de la finca ; subarriendo o cesión de la vivienda ; colocación de cualesquiera
elementos que modifiquen la uniformidad o estético del edificio, o de las
diversas partes que lo componen ; y el de dar a la vivienda cualquier otro uso
que no sea el de satisfacer la necesidad permanente de vivienda de la
arrendataria.
En caso de realización de obras
autorizadas, serán de cargo y cuenta del Arrendatario
y quedarán en beneficio de la finca, sin derecho a indemnización o reclamación
en momento alguno. El permiso municipal será también de cuenta y cargo del Arrendatario, así como la dirección
técnica o facultativa en su caso, obligándose a reponer los daños causados y a
reponer a su costa el estado original de la vivienda.
OCTAVA.- El Arrendatario
entrega en este acto de conformidad con el artículo 36 de la L.A.U. una mensualidad de la renta en concepto de FIANZA por importe de XXX €uros que equivale a una
mensualidad de renta, que responderá perjuicios por incumplimiento de las
obligaciones contractuales, de la penalización del pacto tercero y/o del total
importe de los daños ocasionados en el inmueble hasta donde alcance. La fianza
se devolverá al Arrendatario previa
comprobación del estado de la vivienda al finalizar el contrato y en ningún
caso podrá aplicarse por el Arrendatario
a mensualidades de renta no abonadas cuya obligación de pago el mismo ha asumido.
Durante el primer año de duración del contrato, la fianza no estará sujeta a
actualización, pero transcurrido dicho plazo la fianza se actualizará en la
cuantía que corresponda hasta que aquella sea igual a una mensualidad de la
renta vigente en cada momento, y a la entrega de otros XXX €uros equivalentes al mes en curso de _______, sirviendo el
presente documento como la más eficaz carta de pago.
NOVENA.- El Arrendatario
será el único responsable de cuantos daños, tanto físicos como materiales
puedan ocasionarse a terceros, y sean consecuencia, directa o indirecta de su
habitación en la finca, eximiendo de toda responsabilidad al Arrendador, y está obligado a sufragar
las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la
vivienda, así como el deterioro de cuya reparación se trate, sea imputable al Arrendatario.
DÉCIMA.- Las partes convienen que de producirse el
fallecimiento del Arrendatario una
vez transcurridos dos años más tres años de prórroga, no será de aplicación el
régimen de subrogación mortis, causa que regula el Art. 16 de la Ley 29/1.994
de Arrendamientos Urbanos.
De producirse dicha defunción en
el plazo citado, el Arrendatario se
extinguirá al cumplirse dicho plazo sea quien fuere el que hubiera sucedido a
las arrendatarias en el arrendamiento.
DECIMOPRIMERA.- Unido
al presente contrato, se establece y firman las partes el inventario de los
muebles y enseres que se arriendan con la vivienda y que forman con la misma,
una unidad indivisible a los efectos de arrendamiento; de tal manera que la
resolución del contrato de vivienda lleva aparejada la de los muebles, enseres y viceversa.
Se adjuntan fotografías de la
vivienda a los efectos de dejar constancia del estado del inmueble en el
momento del arriendo, como Anexo al presente contrato.
DECIMOSEGUNDO.- El Arrendatario
hace expresa renuncia (o no) a los
derechos de tanteo y retracto recogidos en el artículo 25 de la LAU. A estos
efectos, el Arrendador deberá
comunicar al Arrendatario su
intención de vender la vivienda con una antelación mínima de treinta días a la
fecha de formalización del contrato de compraventa.
DECIMOTERCERA.- Serán causas de terminación del presente contrato de arrendamiento de vivienda:
-
El incumplimiento por ambas partes de las
obligaciones que se asumen en este contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 1.124 del Código Civil.
-
Por la necesidad del Arrendador de ocupar la vivienda arrendada a partir del primer año
de celebración del contrato, para destinarla a vivienda permanente para sí o
sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su
cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad
matrimonial (art. 9.3 Ley arrendamientos
Urbanos). Dicha comunicación deberá hacerse con al menos dos meses de
antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el Arrendatario estará obligado a entregar
la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo
distinto.
DECIMOCUARTA.- Las partes se someten por imperativo de
la Ley a los Juzgados y Tribunales de _____________,
lugar donde radica la finca.
A los efectos del Art. 14 de la
vigente Ley de Arrendamientos Urbanos y a cuantos otros pudieran resultar
pertinentes, las partes convienen que la enajenación de la vivienda extinguirá
el arrendamiento.
FDO:
EL
ARRENDADOR EL
ARRENDATARIO
ANEXOS AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
DOCUMENTACIÓN
-
Documento identificativo del Arrendatario y del
Arrendador.
-
Certificado de eficiencia energética.
-
Justificantes acreditativos de la solvencia del Arrendatario.
-
Documento que acredite que la vivienda pertenece
al arrendador o que este tiene poder para alquilarla, como de si existe alguna
carga (nota simple y DNI del arrendador,
poder notarial en el caso de poderes sobre un tercero).
-
Cédula de habitabilidad (sobre todo en caso de vivienda de nueva construcción).
MOBILIARIO
ESTANCIA DORMITORIO 1:
-
Armario empotrado con puertas de espejo y
altillos.
-
Cama completa de 90cm
-
Mesita de noche
-
Mesa escritorio y silla
-
Lámparas, cortinas y cuadros decorativos.
-
Estanterías de pared
ESTANCIA DORMITORIO 2:
-
Armario
-
Cama completa de 90cm
-
Mesita de noche
-
Mesa escritorio y silla
-
Lámparas, cortinas y cuadros decorativos.
-
Estanterías de pared
ESTANCIA DORMITORIO
3:
-
Armario
-
Cama completa de 90cm
-
Mesita de noche
-
Mesa escritorio y silla
-
Lámparas, cortinas y cuadros decorativos.
-
Estanterías de pared
-
Aparato de Aire Acondicionado
BAÑO:
-
Placa de ducha con mampara
-
Mueble blanco de tres puertas
-
Lavabo
-
Inodoro
-
Espejo con focos
-
Utensilios de baño.
SALON COMEDOR:
-
Sofá con funda y cojines
-
2 Sillones con fundas y cojines
-
Mesa central con ropa de camilla y cristal
-
Mueble y televisión
-
Mesa auxiliar con lámpara
-
Silla
-
Lámpara de techo
-
Cuadros y cortinas
-
Aparato de Aire Acondicionado
COCINA:
-
Muebles de cocina con encimera
-
Frigorífico de 2 puertas con congelador
-
Cortinas
-
Termo de Gas Butano
-
Congelador
-
Lavadora
-
Tostadora
-
Hornilla con Campana
-
Microondas
-
Sandwichera
-
Menaje de cocina “varios”
TERRAZA:
-
Estanterías metálicas
-
2 Escaleras
-
Bombona de repuesto
-
Utensilios para la limpieza
Completar el anexo con frogarías que demuestren el estado
de la vivienda.
En_________ a ____de ______ del 20___
FDO:
EL ARRENDADOR EL
ARRENDATARIO
Como dije antes, este es un contrato tipo al cual puedes añadirle o quitarle clausulas. Ten en cuenta que las condiciones que pactes en el contrato
de alquiler no podrán ser contrarias a las que dicte la ley, y si fuera así la
ley prevalecería a lo pactado en el contrato de alquiler.